Quienes no se inscriban no podrán vender Bitcoin y otras criptomonedas, según la CNV. EFE/ Sascha Steinbach
Quienes no se inscriban no podrán vender Bitcoin y otras criptomonedas, según la CNV. EFE/ Sascha Steinbach
(SASCHA STEINBACH/)

Ayer finalizó el plazo de 45 días que la Comisión Nacional de Valores (CNV) dispuso para que todas las personas jurídicas e incluso físicas que operen de manera profesional con criptomonedas se inscriban en el Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales, cuya creación dispuso la última reforma de la ley de prevención del lavado de dinero para cumplir con las recomendaciones del GAFI, el organismo internacional de prevención de ese delito.

Ya se registraron 35 empresas en el plazo estipulado que podrán operar sin inconvenientes, al igual que las empresas que tienen su inscripción en trámite. La Comisión mantendrá abierto el registro para nuevas solicitudes por tiempo indefinido. En adelante, la CNV enviará intimaciones a aquellas empresas que operen con criptoactivos en el país y no se hayan registrado, tal como lo pide la normativa internacional.

La reglamentación dispuesta por la CNV establece que quien no se inscriba debiendo hacerlo, “deberá abstenerse de realizar en el país cualquiera de las actividades u operaciones comprendidas” en la ley sancionada por el Senado, a saber: intercambiar activos virtuales con monedas convencionales; activos virtuales entre sí; su transferencia, custodia o administración o, también, la provisión de servicios financieros vinculados a los activos virtuales.

La regulación dispone que estarán exceptuados de registrarse quienes realicen las actividades antes mencionadas por un monto menor a los 35.000 UVAs en el mes calendario, que hoy equivale a casi 35 millones de pesos.

Formar parte del registro no implica ninguna calificación en materia impositiva. De hecho, por el momento tampoco implica una licencia que analice otros parámetros para otorgar una habilitación, aunque no se descarta que en algún momento se transforme en eso.

La CNV mantendrá abierto el registro para nuevas solicitudes por tiempo indefinido. En adelante, enviará intimaciones a aquellas empresas que operen con criptoactivos en el país y no se hayan registrado, tal como lo pide la normativa internacional

Según se analiza tanto en la CNV como en el mercado cripto, el registro es un primer paso que puede abrir la puerta a un regulación más precisa. Con posterioridad, podría abrirse a una consulta pública para dictar una resolución general que precise otras disposiciones. No se descarta que se le pida a las empresas un patrimonio neto mínimo para operar, que existan cuentas segregadas para que el dinero de los clientes no esté mezclado con el de la empresa, que haya la obligatoriedad de contar con alguna presencia formal en el país para poder operar, entre otras disposiciones.

Cabe destacar que desde las principales billeteras que operan criptomonedas en la Argentina, siempre se manifestó el acuerdo con la existencia de una reglamentación, para que la actividad tenga mayores certezas para funcionar. Para la Cámara Argentina Fintech, “el establecimiento de un marco normativo adecuado, inteligente y flexible con la evolución de la tecnología y que, al mismo tiempo, preserve la seguridad de los usuarios, es de gran ayuda para este proceso”.

A la vez, la Cámara advirtió que dada la naturaleza de los activos virtuales, “un exceso de regulación o de carga fiscal podría implicar la paradoja de una mayor informalidad y la tendencia a operar hacia exchanges no registrados/desregulados, contrariando los objetivos pregonados por la normativa”. En forma complementaria, la Cámara impulsa “un nuevo marco tributario que ponga en igualdad de condiciones a los activos virtuales custodiados por PSAV registrados con otros activos financieros regulados por CNV, en tres impuestos nacionales: Ganancias, Bienes Personales y el impuesto a los Débitos y Créditos”.

Qué empresas ya integran el Registro

Hasta ayer, al cierre del plazo que dispuso la CNV, había 35 personas jurídicas que completaron el trámite de inscripción. Ninguna persona física lo había hecho, aunque sí hubo una decena de operadores que habían iniciado el registro. Las empresas que ya forman parte del Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales son las siguientes:

1 Arex Activos Digitales S.A. (Arex)

2 BCrypto S.A. (BCrypto)

3 Billete Argentina S.R.L.

4 Fintech S.A (Satoshi Tango)

5 Liquid Arg S.A.S. (Solidus Capital)

6 PayEx S.R.L. (PayEx)

7 Plus Fintech S.A. (Plus Crypto)

8 Cobon OTC SA (Decrypto)

9 Vita Digital S.R.L. (Vita Wallet)

10 PMSA Capitales SA (PM Capitales)

11 Miactivo S.A.

12 Beehive Soft SAS

13 Koibanx El Salvador S.A. de C.V.

14 Cocos Crypto SA

15 Lirium AG

16 The Reserve SA

17 Digital Prime System Limited S.A. de C.V. (Xcoex)

18 Mar Exchange S.A.

19 Selmiro S.A.U.

20 AMG Capital Group S.A.

21 Sixalime SAS (Tienda Crypto)

22 VitualPays SAU (Cryptanz)

23 FWOTC S.A. (Fiwind)

24 Alerce Argentina S.R.L.

25 Intrapolar S.A. (Pozitiva)

26 Administration Group SAS

27 Naluso S.A. (Kriptonmarket)

28 Transfero Pagamentos S.A. (Transfero)

29 Settle Arg SAS (Latamex)

30 Galactic Holdings Inc

31 Gresham S.A.U.

32 Della Foresta Sociedad Anónima

33 Kulipa S.R.L.

34 Mi Saldo S.R.L.

35 Triple W S.R.L. (Argenbtc)

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