Personal de la Guardia Rural “Los Pumas” en prevención de delitos y/o contravenciones procedió al decomiso de 1.443 especies ictícolas entre Sábalos, Surubíes, Moncholos; Varios Infractores.-

 

SECCION Nº 1 DESTACAMENTO ARROYO LEYES: En virtud de encontrarse realizando patrullaje fluvial por zona de isla Arroyo “El Toro”, personal de ésta labró Acta de Infracción a la Ley Provincial Nº 12.212 a J.B mayor de edad domiciliado en la localidad de Cayasta, quien trasladaba en una embarcación tipo canoa mil doscientos (1200) sábalos, se procedió al decomiso y posterior desnaturalización de las especies ictícolas, por acopio y exceso de piezas y carecer de licencia habilitante para la actividad desarrollada. Interviene S.R.H.F y M (Of. de Caza y Pesca) Santa Fe.-

SECCION Nº 27 TOSTADO: En patrullaje preventivo por jurisdicción que le es de su competencia precisamente por Ruta Nº 95 y Camino La Bajada se labro Acta de Infracción a la Ley Provincial Nº 12.212 a J.A mayor de edad, quien transportaba en una motocicleta dentro de una bolsa de arpillera cuarenta y tres (43) sábalos y dos (02) redes de pesca, se procedió al decomiso y posterior desnaturalización de los ejemplares. Interviene S.R.H.F y M (Of. de Caza y Pesca) Santa Fe.-

SECCION Nº 16 SAN JUSTO: En circunstancias de encontrarse realizando patrullaje preventivo por Ruta Provincial Nº 62 altura Campo Andino, se labraron Actas de Infracción a la Ley Provincial Nº 12.212 a dos Señores mayores de edad domiciliados en la localidad de Cayasta, a quienes se les decomiso la cantidad de catorce (14) surubíes pintados, veintiséis (26) dorados, ciento diez (110) sábalos y cincuenta (50) moncholos, especies que posteriormente fueron desnaturalizadas. Interviene S.R.H.F y M (Of. de Caza y Pesca) Santa Fe.-

DIVISION INVESTIGACIONES DGSR – RECONQUISTA: En cumplimiento de Orden Operacional en Rutas Provinciales Nº 1 y Nº 41S, se labro Acta de Procedimiento donde se intercepto un camión jaula guiado por F.F mayor de edad, transportando veinticuatro (24) animales vacunos, constatándose que el DT-e carecía de sello y firma de autoridad policial, como así también falta de datos del transportista; corolario se le entrego los semovientes en carácter de Depositario Judicial y se lo notifico por Infracción al art. 128 Inc. B de la Ley Provincial Nº 10.703. Interviene Juzgado de Faltas de Reconquista.-

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