El Consejo de Estado anunció que estudiará de fondo la demanda presentada contra la designación de Leopoldo Múnera como rector de la Universidad Nacional. A pesar de esta situación, Múnera continuará en su puesto, ya que el alto tribunal decidió no suspenderlo mientras se emite una sentencia definitiva.
La demanda cuestiona la legalidad del nombramiento de Múnera. Sin embargo, el Consejo de Estado optó por no tomar medidas provisionales que afecten el desempeño de sus funciones hasta que se conozca el resultado del análisis. Esta decisión permite que Múnera siga al frente de la universidad, garantizando la continuidad en la gestión institucional mientras se resuelven los aspectos jurídicos de su designación.
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La Sección Quinta determinó que es necesario completar la fase de pruebas antes de decidir sobre las decisiones del Consejo Superior Universitario relacionadas con la designación de Leopoldo Múnera Ruiz como rector de la Universidad Nacional de Colombia, según la Resolución 067 de 2024.
El asunto será resuelto en el fallo final. Como quedó expuesto, se procedió a denegar la suspensión provisional de los efectos jurídicos de los actos que contienen dicha designación. En esta instancia admisoria, no es posible definir los alcances de las decisiones adoptadas por el Consejo Superior Universitario en la mencionada resolución respecto de la elección que se pide anular.
Adicionalmente, se destaca la falta de elementos probatorios y antecedentes administrativos, necesarios para resolver la controversia presentada por la parte demandante. Así concluyó el documento.
El Consejo de Estado anunció que el proceso electoral continuará su curso y que será en la sentencia donde se decidirá sobre la legalidad de la elección que se busca anular. Esta decisión se desarrolla en una demanda presentada por el ciudadano Jorge Alberto Espinosa, quien solicitó la nulidad del Acta correspondiente a la sesión extraordinaria No. 10 del 6 de junio de 2024 del Consejo Superior Universitario (CSU), en la cual se eligió a Múnera.
Espinosa argumentó que dicha elección estuvo marcada por “verdaderas irregularidades” y mencionó que el mismo CSU había realizado una elección previa el 21 de marzo, en la que se nombró al profesor Peña como rector, quien ocupó el cargo solo durante un mes y seis días.
A pesar de estas alegaciones, la solicitud de Espinosa fue rechazada. La Sección que revisó el caso consideró que “no es dable definir los alcances de las decisiones adoptadas por el CSU en la Resolución 067 de 2024, respecto de la elección que se pide anular, sumado a la falta de elementos probatorios (antecedentes administrativos), a los que se debe acudir para resolver la controversia que pretende entablar la parte demandante”. En consecuencia, el proceso electoral seguirá su desarrollo habitual hasta que se emita una sentencia definitiva que clarifique la validez de la elección en cuestión.
Otra demanda aceptada, pero contra Peña
El Consejo de Estado emitió un pronunciamiento respecto a la demanda presentada por Leopoldo Múnera, actual rector de la Universidad Nacional (UNAL), junto con los abogados Alberto Yepes y Rodrigo Uprimny. En su demanda, estos solicitaron la nulidad de la designación de Ismael Peña como rector de la Unal, argumentando que la elección fue irregular y requiriendo también la suspensión del nombramiento.
La Sección Quinta del Consejo de Estado emitió la demanda de nulidad, lo que abre la puerta a que el Alto Tribunal tome una decisión de fondo en el futuro. Sin embargo, en relación con la solicitud de suspensión del acto de designación, el Consejo declaró la “carencia de objeto”. Esta declaración se basa en el hecho de que la designación de Peña mediante el acta 5 del 21 de marzo de 2024 no tuvo efecto debido a las irregularidades detectadas en el proceso de elección.
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