Un proyecto de ley para reformar el marco que rige a las reestructuraciones de deuda soberana en Nueva York tiene chance de ser aprobado y modificar para siempre la forma en que los países emergentes que emiten deuda regida por la ley de ese distrito renegocian sus deudas en casos de encontrar problemas para afrontarlas. Se trata ni más ni menos que la “ley Nueva York”, bajo cuyo paraguas está emitida buena parte de la deuda Argentina. Y ante la cual el país perdió un juicio histórico contra “fondos buitre”.
La Asamblea del Estado de Nueva York está tratando la “sovereign debt stability act”, que busca reescribir la normativa vigente con el objetivo de limitar la cantidad de dinero que pueden recuperar los acreedores de un país ante una reestructuración. El mercado de deuda mira con preocupación este avance, porque en ese distrito se emite aproximadamente la mitad de la deuda soberana de todos los países emergentes.
A grandes rasgos, el texto pone un techo la cantidad que podrían recuperar los inversores equivalente a lo que recibiría el gobierno de EEUU si fuera acreedor del mismo país, o permitiría a los deudores presentar sus propios planes de reestructuración a través del sistema jurídico de Nueva York.
“Lo malo es que puede incrementar el costo de endeudamiento. Porque si un país puede reestructurar en condiciones más sencillas, puede que tenga que pagar una tasa más alta”
La iniciativa entusiasma a países como la Argentina y va en dirección a intentar conseguir un trato más benigno para naciones con problemas de deuda. Pero tiene críticos que, argumentan, puede aumentar los costos de financiamiento para países necesitados de emitir bonos en el mercado ante el mayor riesgo que presentaría para los inversores suscribir esa deuda.
“Es un arma de doble filo”, dijo Sebastián Maril, abogado especializado en el mercado financiero. “Por un lado, te permite reestructurar tu deuda con la supervisión de un mediador independiente, una especie de árbitro algo parcial en favor de los emisores de deuda, de tal manera que no sean víctimas de reestructuraciones predatorias por parte de sus acreedores”, dijo.
“Lo malo es que puede incrementar el costo de endeudamiento. Porque si un país puede reestructurar en condiciones más sencillas, el mercado sabe que un referí parcial va a limitar su capacidad de recupero, puede que se tenga que cubrir percibiendo tasas mayores a las actuales”, explicó.
El proyecto, en caso de ser aprobado, llega algo tarde para la Argentina. El marco legal que se propone modificar es el que utiliza para sus bonos Globales —o “ley Nueva York”— y es las cortes de ese distrito que NML y otros “fondos buitre” ganaron un juicio histórico contra el país.
Si bien el texto no incluye normas para limitar el accionar de fondos que compran deuda en default con el sólo fin de litigar, se cree que la nueva normativa desincentive ese tipo de acciones en caso de ser aprobada.
“Esto da a los países una opción sobre cómo quieren salir de las crisis de deuda”, dijo al periódico especializado Financial Times Eric LeCompte, director de Jubilee USA, una organización sin ánimo de lucro que lucha por el alivio de la deuda de los países pobres. “No queremos que nuestros impuestos rescaten al sector privado. También queremos evitar comportamientos perjudiciales entre los acreedores. Y queremos promover y proteger a los acreedores legítimos”, afirmó LeCompte.
Otra hipótesis que manejan los críticos de la ley es que los acreedores empezarán a reclamar que las emisiones de deuda soberana se rijan sobre otros distritos para suscribirla, mudando de hecho al mercado de bonos.
Bajo la Ley de Nueva York dictaba sus fallos el fallecido Thomas Griesa, que en la corte del segundo distrito de ese estado aplicó su interpretación extrema de la cláusula pari passu que fue avalada por la Corte Suprema de los EEUU cuando en 2014 se negó a tratar el fallo en favor de NML y otros fondos especulativos. Hoy, en la misma corte, trabaja Loretta Preska, la jueza que entiende en la causa contra el Estado Argentino por la expropiación de parte del paquete acionario de YPF.
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