La Administración Federal de Ingresos Públicos redujo las tasas de financiación para las pymes que deben encarar planes para regularizar sus deudas tributarias. Mediante el mecanismo de actualización bimestral vigente, las tasas de interés resarcitorio debían incrementarse a 15,27% y la de interés punitorio a 17,62% a partir del 1° de febrero; la AFIP decidió ubicarlas en 7,63% para las micro y pequeñas empresas y 9,16% para las medianas.
En la resolución 5481/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial dispuso modificar la Resolución General N° 5.321 y fijar que “la tasa de interés de financiación -asignada de conformidad con lo indicado en el Anexo- será la que resulte de aplicar el 50%, 60% o 00% sobre la tasa de interés resarcitorio -vigente a la fecha de consolidación del plan de facilidades de pago- prevista en el artículo 1° de la Resolución N° 3 del 19 de enero de 2024 del Ministerio de Economía o la norma que en el futuro la reemplace”.
“Esta modificación de la AFIP a los planes de pago es un incentivo para que el contribuyente cuando llegue el vencimiento incluya la deuda en el plan de pagos, para que no se le devengue la tasa del 15%, que es una tasa que si bien está por debajo de la inflación, para las empresas que tienen problemas financieros es bastante elevada”, indicó el experto Sebastián Domínguez.
El experto explicó que “para los que son planes de deuda aduanera y planes provenientes de la actividad fiscalizadora, en todos los casos, sin importar el contribuyente, no hay reducción de intereses, es decir, que se aplique la tasa de interés resarcitorio, del 15,27% mensual a partir del 1ro de febrero”.
“Para quienes son pequeños contribuyentes, que son los que no tienen certificado PYME pero encuadran como pequeño contribuyente de acuerdo a la resolución de la AFIP, para las micro y pequeñas empresas que son las que tienen certificado PYME y para las entidades sin fines lucro que no pueden tener certificado PYME porque no son empresas pero encuadran de lucro, se les fijó una tasa del 50% de los intereses resarcitorios. Entonces en vez del 15,27%, la tasa es del 7,63%. Quiere decir que sube la tasa actualmente del 5,31%”, precisó Domínguez.
“Actualmente esos contribuyentes tienen una tasa de financiación en planes de pago del 5,31% porque se aplicaba el 90% de la tasa de interés resarcitorio, que era del 5,91% hasta el 31 de enero; y, ahora se aplica el 50% y entonces da ese 7,63%”, detalló.
“En todos los casos nominalmente sube, pero antes, por ejemplo, una pequeña empresa tenía el 90% de la tasa de interés resarcitorio y ahora tiene el 50%. Es decir, baja el porcentaje pero sube en tasa. Si no le bajaban el porcentaje, iba a tener una tasa mucho más alta”, afirmó.
De este modo, el fisco buscó que los contribuyentes no se financien con el fisco como se se tratara de una inversión financiera.
Anoche, el ministro de Economía, Luis Caputo, a través de un mensaje en la red social X, anunció este cambio, con un tono positivo. “Con el objetivo de proteger el trabajo de las pequeñas y medianas empresas, la AFIP estableció a través de la Resolución General 5481/24 suscripta en el día de la fecha la rebaja de la tasa de financiación de los planes permanentes. A partir del mes de febrero para aquellas micro y pequeñas empresas el interés se reducirá a 7,63% y para las medianas a 9,16%”, señaló Caputo.
“Nuestra intención es que a futuro la AFIP deje de financiar estos planes, pero entendemos que la transición hacia un país donde la pymes puedan acceder más fácilmente a créditos bancarios tomará algún tiempo”, agregó.
La Cámara Argentina de la Mediana Empresa (CAME) celebró la medida en un comunicado. “La semana pasada le manifestamos al ministro Caputo la necesidad de contemplar alguna diferenciación para las micro, pequeñas y medianas empresas. Los incumplimientos en que incurren las mipymes son por la imposibilidad de enfrentar los pagos. En ningún caso se trata de una especulación respecto de la tasa de mercado”, dijo el presidente de CAME, Alfredo González, tras el anuncio de Caputo.
Los intereses que cobra la AFIP son negativos en términos reales y se ubican muy por debajo de la inflación actual, que el mes pasado fue de 25,5%. Muchas empresas suelen financiarse con la AFIP, pero no suele ser el caso de las pymes, y mucho menos en la coyuntura actual.
“Las tasas reales negativas generan que los contribuyentes, en muchas ocasiones, se financien a través de planes de pago que otorga la AFIP o incluso no paguen ya que el costo de la mora es bajo, afectando las cuentas públicas”, explicó a Infobae el tributarista Sebastián Domínguez.
“Sin embargo, el contexto económico actual y alta presión fiscal que existe en la Argentina genera que muchos contribuyentes estén imposibilitados de cumplir con sus obligaciones en término. Y un incremento casi al triple de los intereses resarcitorios, puede afectarlas aún más”, explicó.
Por otra parte, Domínguez destacó que la tasa a favor de los contribuyentes, la que la AFIP aplica para devoluciones o reintegros, es de 8,99% lo que al menos en estos casos evitará la situación insólita por la cual la AFIP cobra una tasa más elevada para financiar que le que paga cuando debe reintegrarle dinero al contribuyente.
“El Ministerio de Economía debería fijar la misma tasa de interés para las devoluciones, acciones de repetición, entre otras que interponen los contribuyentes. No puede ser que la AFIP cobre una tasa cuando el contribuyente se atrasa en el pago de sus obligaciones y no pague la misma tasa cuando se demora (y en muchos casos sin razones) en efectuar las devoluciones”, señaló el tributarista.
La modificación de las tasas había sido expresamente reclamada por las entidades que nuclean al empresariado pyme en la reunión que mantuvieron con Caputo el jueves pasado en la Casa Rosada con referentes de la industria, el campo y otros sectores.
“Las pymes planteamos que no se nos aplique el aumento de las tasas de intereses punitorios y resarcitorios de AFIP, que se incorpore a la ley ómnibus la definición de qué son las economías regionales y que se excluya del pago de retenciones a la industria pyme que exporta” había dicho González al salir del encuentro con Caputo.
“Al momento del vencimiento impositivo la pyme ve si tiene los fondos o no para afrontar el pago. En caso de no tenerlos la única solución es entrar en mora con el organismo de recaudación”, dijo el presidente de CAME para fundamentar su pedido.
Desde la entidad admitieron que la actualización automática de las tasas se realizó para evitar que los morosos financien su actividad mediante el incumplimiento de los impuestos. Pero también destacaron que las pymes están lejos de poder aprovechar esa circunstancia como una vía de financiamiento barato.
“Es una premisa errónea cuando se trata de una mipyme”, señalaron en CAME. “Para financiarse, las grandes empresas hacen un comparativo entre la tasa que cobra AFIP y las tasas bancarias. Esa modalidad no es ejercida por las pymes, debido a que no tienen la posibilidad de contar con un acceso rápido y simple al crédito bancario”, explicaron.
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