La incapacidad temporal es el derecho que tiene cualquier empleado de ausentarse de su puesto de trabajo debido a una enfermedad o un accidente. Este derecho está garantizado por el Estatuto de los Trabajadores. Durante este periodo, el trabajador tiene la posibilidad de curarse y recuperarse para volver a su puesto laboral. Si la recuperación no es posible en este tiempo, la incapacidad temporal se transforma en incapacidad permanente.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) protege a los afiliados, prolongando la baja médica bajo ciertas condiciones. Según el artículo 169 de la Ley General de la Seguridad Social, al cumplirse los 365 días, el médico evaluador determinará si es necesario conceder una prórroga de hasta 180 días adicionales, siempre y cuando se prevea una curación o mejora significativa durante este periodo. De no ser así, se iniciará el procedimiento para valorar una incapacidad permanente.
En situaciones donde la baja médica se debe a una enfermedad profesional o accidente laboral, el tiempo de observación de las dolencias puede extenderse hasta un máximo de 180 días, con la posibilidad de ampliarse otros 180 días. Esto garantiza que los trabajadores reciban la atención necesaria y el tiempo requerido para su rehabilitación completa.
El límite de una baja laboral
Para aquellos trabajadores cuya condición de salud persiste más allá de la incapacidad temporal, el INSS gestiona la solicitud de pensiones. Los afectados pueden optar por una pensión contributiva de incapacidad permanente si han cotizado lo suficiente durante su vida laboral. En caso contrario, pueden solicitar una pensión no contributiva de invalidez, asegurando una protección económica básica.
Por lo tanto, con esta normativa, la Seguridad Social busca equilibrar el derecho del trabajador a recuperarse con el deber de reincorporarse al mercado laboral lo antes posible, garantizando siempre una adecuada protección social.
Más concretamente, el INSS ha establecido que un trabajador puede estar de baja médica por incapacidad temporal hasta 545 días. Este límite comprende un periodo inicial de 365 días que puede ser prorrogado por 180 días más, si el médico lo considera adecuado.
Incapacidad permanente
Como se ha esbozado al principio, la incapacidad temporal se transforma en permanente cuando no llega la recuperación, cuando la lesión se cronifica. El sistema ofrece una ayuda a aquellos trabajadores que se ven en esta situación. Se trata de una pensión para compensar la disminución de ingresos provocada por la incapacidad para trabajar. Pese a que no se requiere una edad mínima para poder recibir la contraprestación, es necesario haber cotizado un periodo mínimo de años, salvo en aquellos casos en los que se trate de un accidente de trabajo o una enfermedad laboral.
Para poder optar a la prestación, existen varios requisitos obligatorios, como no haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación. Además, el trabajador deberá estar dado de alta en la Seguridad Social, o en una situación de asimilado al alta. Cumplir estos requisitos es el primer paso a la hora de iniciar los trámites.
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