La Cámara de Senadores santafesina convirtió en ley el proyecto que establece un nuevo Código de Faltas para la provincia, ahora llamado Código de Convivencia.
La iniciativa, autoría del senador Lisandro Enrico (departamento General López), modifica y sustituye los libros I y II de la ley 10.703. La Cámara de Diputados aprobó la propuesta pero realizó modificaciones a la misma, por lo que volvió a la cámara de origen, que hoy le otorgó la sanción definitiva.
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“Es una herramienta fundamental para mantener la paz social y la tranquilidad de los vecinos. En la provincia de Santa Fe lamentablemente no se venía aplicando porque diferentes fallos habían declarado inconstitucional al Código anterior”, declaró el legislador.
Aunque advirtió que “es el Ejecutivo quien determinará cuándo entra en vigencia”, valoró que “lo importante es que haya una actuación del Estado cuando se produzca una contravención o una falta en la Provincia”.
“Para que todos entiendan de qué estamos hablando: el Código de Faltas es como un Código Penal en miniatura. Todo lo que no es un delito, pero que igualmente configura una conducta lesiva, es una contravención“, explicó.
Enrico recordó que “actualmente casi no se actúa frente a las contravenciones” y precisó que “con este Código, se establece la actuación por parte de la policía primero y luego de las comunas y municipalidades y también de los fiscales“.
Penas
“Las penas posibles para estas contravenciones van desde la multa al arresto por tres o cuatro días, pasando por otras medidas como el trabajo comunitario, la indemnización a la víctima, la clausura de un local, dependiendo de la naturaleza del hecho”, enumeró.
En cuanto a la edad de imputabilidad por contravenciones, antes era de 18 años. Con el nuevo Código, baja a 16 años, pero con la salvedad de que a los acusados que tengan entre 16 y los 18 no les se puede aplicar la pena de arresto, pero sí las demás sanciones previstas.
Algunos ejemplos de contravenciones:
– Agresiones sin lesionados
– Conducción peligrosa de vehículos
– Ruidos molestos
– Realizar fiestas clandestinas
– Arrojar basura en la vía pública
– Portar armas blancas (siempre que no sean utilizadas para lesionar a otro; en ese caso, se configura un delito tipificado en el Código Penal).
– Violencia en los estadios de fútbol
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