La devolución de saldos en el sistema pensional es una situación por la que puede pasar un trabajador en Colombia que tenga la edad establecida por la ley para pensionarse, pero no cumpla con la cantidad de semanas cotizadas.
Ante la falta de semanas cotizadas, la persona puede pedir que se le entregue lo aportado durante los años trabajados.
Igualmente, la Corte Constitucional se ha manifestado en favor de proteger este trámite. De hecho se han realizado sentencias que afirman que esto confluye en un derecho fundamental que es el de la protección social; además, preservan los ahorros de los afiliados y su tiempo trabajado.
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A quiénes aplica la devolución de saldos
Inicialmente, la jurisprudencia que existe en el país pide solo dos requisitos para que sean entregados los aporte a pensiones: tener la edad dispuesta por la ley para pensionarse y no haber alcanzado el mínimo de semanas exigidas. Sin embargo, existen otras condiciones dentro de las cuales se podría pedir este reintegro de dinero aportado.
La devolución de dinero también aplica para personas que no han alcanzado el capital necesario para financiar una pensión por lo menos igual al salario mínimo, de acuerdo con la Ley 100. Además, podrá seguir cotizando en caso de que desee y tenga las capacidades físicas para esta acción.
La devolución de lo abonado también será para quienes tenga una enfermedad o condición física que impide seguir trabajando y que no cumpla con los requisitos para acceder a una pensión de invalidez. Así la persona tendrá derecho a que se abone a su cuenta la totalidad de lo ahorrado con rendimientos financieros.
Por otra parte, la ley afirma que, de morir la persona y estar en el cumplimiento de este trámite, sus familiares tendrán derecho de recibir el reintegro de los aportes pensionales.
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