El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó, por segunda ocasión, la impugnación que había hecho el Partido Acción Nacional (PAN) sobre la titularidad al frente del Instituto Nacional Electoral (INE) por parte de Guadalupe Taddei Zavala.
De la misma forma, desecho los alegatos sobre la designación del consejero del INE, Jorge Montaño Ventura en su puesto, ya que se señaló que había incumplimiento en los requisitos, falta de idoneidad o carencia de imparcialidad para estar en sus cargos, que junto a la consejera presidenta, será por 9 años, es decir, hasta el 2032.
Ante ello, el TEPJF ratificó la designación de Guadalupe Taddei como presidenta del instituto electoral y a Jorge Montaño como consejero, que fueron elegidos por insaculación en la Cámara de Diputados.
Cabe recordar que la magistrada Janine Otálora desechó los argumentos del PAN, ya que consideró que se basan en acusaciones genéricas, suposiciones y referencias legales incorrectas, con ello, sería la segunda vez que Acción Nacional recibe un revés por parte del Tribunal Electoral.
Las observaciones presentadas por el PAN, eran que tanto la consejera presidente como consejero, tenían vínculos con el partido Morena y no cumplían con los requisitos que marcaba la ley.
Ejemplo de lo anterior es que Taddei Zavala no contaba con cédula profesional con cinco años de antigüedad como marca la ley, pero la magistrada señaló que se pedía solo título profesional de licenciatura, por lo cual, el alegato panista era incorrecto e infundado.
Asimismo, con la acusación sobre que los nuevos consejeros del INE, de que sus familiares tenían relación con Morena o el gobierno federal, la sentencia de la magistrada determinó que, eran “manifestaciones genéricas que sólo constituyen suposiciones, sin que desarrolle de manera sólida y con sustento probatorio las razones por las cuales afectaría el desempeño del cargo”.
Caso Montaño también fue descartado por el TEPJF
Para el caso de Jorge Montaño, el PAN señaló que no cumplió con el tiempo de separarse de su último cargo para ser consejero, ya que siguió al frente de la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales del estado de Tabasco mientras participaba en el proceso para ser consejero del INE, sin embargo, no violó la ley, sino hubiera sido descartado en el momento de la revisión de los requisitos.
Dicha acusación también fue desechada, porque la ley señala que las personas que aspiren a ser Consejero del INE, deben separarse cuatro años antes de su último cargo, siempre y cuando se hayan desempeñado como secretarios de Estado, titular de la FGR, procurador estatal, subsecretario u oficial mayor en la Administración Pública Federal o estatal, Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, gobernador o secretario de Gobierno, cargo que no ocupó Montaño Ventura, por lo cual estaba todo en regla.
En el proyecto presentado, sólo se recibió un voto en contra, del magistrado Indalfer Infante Gonzáles, ya que dio la razón que han tenido casos que son referentes en las toma de decisiones, ya que consideró controversias por la designación de consejerías no le competen a la Sala Superior.
Ya que la Constitución señala que la Junta de Coordinación Política (Jucopo) de la Cámara de Diputados y al Comité Técnico de Evaluación son los encargados de este proceso, por lo cual ellos deben ser los responsables de atender las impugnaciones y se tendrían que haber desechados en el Tribunal Electoral, ya que en éste, no se tratan de temas de justicia, refirió el magistrado.
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