El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) Nº4 de la ciudad de Mar del Plata condenó por unanimidad a prisión perpetua al ex sargento Ricardo Panadero (65), el cuarto policía bonaerense acusado por el secuestro, abuso sexual y asesinato de la adolescente Natalia Melmann, ocurrido el 4 de febrero de 2001 en Miramar. Se trató del segundo juicio en contra del ex uniformado por el crimen de la menor. Los jueces ordenaron su inmediata detención.
Panadero fue hallado culpable del delito de privación ilegítima de la libertad agravada por el uso de violencia, abuso sexual agravado por acceso carnal calificado por la participación de dos o más personas y homicidio doblemente agravado por la participación de dos o más personas y criminis causa, todos en concurso material entre sí.
De esta manera, los jueces Néstor Conti, Mariana Irianni y Juan Galarreta avalaron el pedido de pena hecho tanto por la fiscal de la UFI descentralizada de Miramar que intervino en el proceso y en la investigación, Ana María Caro, como por los abogados que representan a la familia de la víctima. Su defensa, en tanto, había solicitado la “libre absolución” del ex policía, quien ya fue absuelto en un primer juicio, realizado en 2018.
“Por unanimidad, este Tribunal resuelve condenar a Ricardo Eugenio Panadero por resultar coautor jurídicamente responsable de los delitos que se tipifican (…), todos ellos en concurso material, cometidos el 4 de febrero de 2001 en Miramar y en perjuicio de quien fuera en vida Natalia Mariel Melmann, e imponerle la pena de prisión perpetua, accesorias legales y costas del proceso. Segundo, ordenar la inmediata detención del encausado, disponiendo su inmediato traslado a la Unidad Penal Nº7 del complejo penitenciario Batán”, dijo el juez Conti, durante la lectura del veredicto.
Además, los magistrados resolvieron comunicar la sentencia al Registro de Condenados contra la Integridad Sexual del Ministerio de Justicia de la Nación, así como ordenar la extracción de material genético para el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a los delitos contra la integridad sexual.
“Ellos no saben el valor de un hijo o de una hija. No tienen la menor idea lo que pasa. Para nosotros significa el amor hacia un hijo. El que nos quite a nuestros hijos verá sólo la cárcel. Cuando recuesto la cabeza en la almohada lo único que veo son a cinco tipos arrastrándola a Natalia. Cinco tipo que no dejan de hostigarla, de golpearla, de quemarla y todo lo que le hicieron”, dijo Laura Calampuca, la mamá de la adolescente luego de conocer el veredicto.
“Que no haya un asesino más en Miramar. Debemos buscar al quinto. Nos merecemos vivir en libertad. Nuestros hijos y nietos se lo merecen. Natalia está acá con nosotros. Ustedes no la ven pero yo la siento. Ella está acompañada por otros chicos que fueron asesinados. (Panadero) tendría que estar preso desde el año 2002, junto con los otros. Tampoco el fiscal (Rodolfo) Moure lo investigó como para llegar a un juicio. Lo absolvió como si fuera un juez. Directamente lo absolvió”, agregó la mujer.
En tanto, Gustavo, el padre de la adolescente, expresó: “Esta condena a la familia no nos cambia, pero sí cambia la historia. El abuso de las fuerzas policiales no se puede volver a repetir”. Por su parte, uno de los abogados de la familia, Federico Paruolo, destacó el hecho de que los jueces hayan analizado “de manera integral tanto la prueba testimonial como la genética”, lo que consideró que “marcó la diferencia” con el primer juicio. En tanto, la otra abogada de la familia, Yamila Castro Bianchi, dijo que se probó en el juicio que “la policía secuestró, abusó y mató”.
En su alegato de cierre, la fiscal Caro consideró que Panadero fue coautor del delito de secuestro, abuso y homicidio, doblemente agravado, por el concurso premeditado de dos o más personas y por ser cometido para asegurarse la impunidad.
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La funcionaria solicitó que sea condenado a prisión perpetua y pidió a los miembros del tribunal que, aunque el femicidio no existía como agravante al momento del hecho, la prueba presentada en el juicio y durante la investigación “sea valorada a través del prisma de la perspectiva de género”.
En ese sentido, los jueces indicaron que en este momento la muerte de la menor, bajo la Ley actual, debería ser evaluada bajo la perspectiva de género. Sin embargo, el juez Conti aclaró que al no ser retroactiva la legislación, no se puede conceder la solicitud de la fiscal.
Entre los elementos incorporados, Caro destacó el examen de ADN de un vello pubiano hallado en el cuerpo de la víctima, que arrojó una compatibilidad del 97,05 por ciento con el perfil genético de Panadero.
El testimonio aportado por la funcionaria judicial fue brindado por un perito oficial de parte de la acusación, quien sostuvo que existían “33 veces más probabilidades” de que la muestra analizada perteneciera al imputado que a otra persona de la población en general. A su vez, la fiscal destacó la declaración brindada en la primera audiencia del proceso por un testigo de identidad reservada de la causa, quien aseguró que en la madrugada de la desaparición de la adolescente había visto cómo era subida a la fuerza a un patrullero por cuatro policías, entre los que ubicó al ex sargento.
El segundo juicio a Panadero se inició el último 2 de mayo y, luego de tres jornadas en las que declararon más de diez testigos, el viernes se desarrollaron los alegatos de cierre. Ese día, el tribunal fijó para hoy la lectura del veredicto y la sentencia, que fue transmitida por el canal oficial de Youtube de la Suprema Corte Bonaerense.
Tanto la calificación del hecho como el pedido de pena de la fiscalía fueron compartidos por los abogados Paruolo y Yamil Castro Bianchi, representantes en calidad de particular damnificado de los padres de la víctima, Gustavo Melmann y Laura Calampuca. Panadero llegó al juicio en libertad, y presenció todas las audiencias sin emitir ninguna declaración. Solo dijo al momento de sus últimas palabras ante el tribunal: “Que se haga justicia”.
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Si bien había sido juzgado por primera vez en julio de 2018 y absuelto por unanimidad, la fiscalía y la familia de la adolescente apelaron ese fallo, y en noviembre de 2019 la Sala III del Tribunal de Casación Penal bonaerense lo anuló y ordenó la realización de un nuevo proceso. El ex sargento no formó parte del juicio en el que los otros tres policías acusados -Oscar Echenique (63), Ricardo Anselmini (55) y Ricardo Suárez (60)- fueron condenados a prisión perpetua, en septiembre de 2002, porque había sido sobreseído antes.
Según se estableció en el juicio de 2002, la víctima fue obligada a subir a una camioneta policial y llevada a una casa en el extremo sur de Miramar, donde “fue accedida carnalmente” y luego, “con el inequívoco propósito de procurar la impunidad de la agresión sexual”, fue estrangulada con un cordón de sus zapatillas y su cuerpo abandonado en el vivero Florentino Ameghino, donde fue hallado semienterrado cuatro días después.
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