Finalizado el 2023, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el trámite de solicitud de devolución de las percepciones del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales por la compra de dólares o gastos realizados en moneda extranjera con tarjeta.
Así, ya se pueden solicitar las devoluciones del 35% pagado como adelanto a cuenta de Ganancias por las operaciones efectuadas entre enero y diciembre del año pasado.
El reintegro de fondos puede demorar hasta 60 días, por lo que conviene realizar el trámite lo antes posible.
Quiénes pueden pedir la devolución de percepciones 2023 o reintegro en AFIP
Podrán realizar el pedido de reintegro aquellos que:
- No se encuentren inscriptos en el impuesto a las ganancias, ni les corresponda realizar dicha inscripción.
- Se encuentren inscriptos en el impuesto a las ganancias pero no en bienes personales, exclusivamente por las percepciones realizadas bajo el código 219
- No se encuentren inscriptos en el impuesto sobre los bienes personales, ni les corresponda realizar dicha inscripción
- Se encuentren inscriptos en el impuesto sobre los bienes personales pero no en ganancias, exclusivamente por las percepciones realizadas bajo el código 217
- Trabajen en relación de dependencia y no sean pasibles de sufrir retenciones del impuesto a las ganancias por parte de su empleador como agente de retención
- Trabajen en relación de dependencia y siendo pasibles de sufrir retenciones del impuesto a las ganancias por parte de su empleador, como agente de retención, les hayan realizado la percepción bajo el código 219.
Además, para solicitar la devolución se debe contar con CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior, informar ante la AFIP el CBU de la cuenta bancaria en la que se realizará la devolución solicitada y poseer constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.
Pasos a paso: cómo solicitar la devolución de percepciones
- Ingresar a la página web de AFIP, con clave fiscal nivel 2 o superior y seleccionar el servicio “Devolución de percepciones”. Si este no se encuentra habilitado, es posible agregarlos desde la opción “Mis Servicios”.
- Dentro de “Devolución de percepciones”, seleccionar “Nuevo”.
- Indicar el período fiscal por el cual se solicita la devolución.
- Luego, se podrá visualizar y seleccionar las percepciones que fueron realizadas durante el período y se encuentran informadas por el agente de percepción. En el caso que las percepciones no se visualicen, se pueden ingresar manualmente.
- Hacer click en “Presentar”.
Cabe recordar que a partir de enero la compra de “dólar ahorro” pagaba un 65% de impuestos: 30% correspondiente al Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) y 35% como adelanto de Ganancias. Pero desde el 14 de agosto la percepción por Ganancias se incrementó al 45%.
Por su parte, el dólar “turista” o “Qatar” tenía hasta julio de 2023 una carga tributaria del 80%, compuesta por el 30% del impuesto PAIS, un 45% de percepción a cuenta de Ganancias y un 5% de percepción a cuenta de Bienes Personales.
Luego, en octubre se unificó el dólar “ahorro” y el “turista” en una sola cotización, con una carga tributaria total del 100%, por el 30% de impuesto PAIS, el 45% como adelanto de Ganancias y el 25% de Bienes Personales.
En noviembre, a través de la Resolución General 5450 de la AFIP, se dispuso un aumento de la percepción del impuesto a las Ganancias para los pagos con tarjeta, pasando del 45% al 100%.
Así, el tipo de cambio que se aplicó a los cargos con tarjeta se compuso de la cotización del dólar oficial más un 100% por impuesto a las Ganancias, un 30% por el impuesto PAIS y un 25% por el impuesto a los Bienes Personales.
Por último, con el cambio de gobierno, la administración de Javier Milei decidió unificar la carga tributaria para la demanda de divisas en un 60%: un 30% por Impuesto PAIS y 30% de percepción de Ganancias.
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